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Lucha contra la ley 287(g)

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Cuando se trata de decisiones que afectan a nuestras comunidades, los habitantes de Wyoming merecen un proceso transparente y democrático. Los alguaciles no pueden ejercer una autoridad sin control para tomar decisiones que perjudiquen a nuestros vecinos, familiares y amigos. Los alguaciles de Wyoming no están por encima de la ley.

Las comunidades fuertes y seguras se construyen sobre el respeto mutuo y la confianza, no se destruyen por una agenda migratoria defectuosa, inhumana y arbitraria.

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Last updated on May 26, 2026

Vamos a ir a juicio.

A medida que el Gobierno federal sigue intensificando las operaciones del ICE, la policía local y los departamentos del sheriff se están convirtiendo en brazos de su maquinaria de deportación, y para ello están recurriendo a los acuerdos 287(g).

Una cultura compartida de autosuficiencia. Trabajo arduo. Amabilidad entre vecinos.

En Wyoming, respetamos las libertades de los demás, al tiempo que velamos por las personas cuando se encuentran en situación de necesidad.

Pero en comunidades de todo el estado, los funcionarios locales de la ley han estado enviando un mensaje inequívoco: Sus amigos y vecinos podrían ser un blanco.

A medida que el gobierno federal continúa intensificando las operaciones de ICE, la policía local y los departamentos de alguaciles están siendo convertidos en extensiones de su maquinaria de deportación - y están utilizando los acuerdos 287(g) para lograrlo. Estos acuerdos convierten efectivamente a los funcionarios locales en agentes de ICE, autorizando a oficiales seleccionados a identificar, arrestar y procesar a ciertas personas para la aplicación de la ley migratoria y, en última instancia, su deportación.

En este momento, siete condados de Wyoming, la Patrulla de Carreteras de Wyoming y cuatro municipios han contratado con ICE y cuentan con uno o más acuerdos 287(g) vigentes. Estos oficiales locales están siendo reasignados de asuntos de seguridad pública local para convertirse en un multiplicador de fuerza de ICE.

Es hora de poner fin a estos acuerdos en Wyoming. Por eso la ACLU está tomando medidas, comenzando con una demanda en el condado de Laramie.

El Caso

La ACLU de Wyoming presentó una demanda estatal impugnando los contratos 287(g) del condado de Laramie con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos. El alguacil del condado de Laramie, Brian Kozak, firmó los acuerdos 287(g) sin la autorización de la Comisión del condado de Laramie, el órgano de gobierno del condado.

Cuando se trata de decisiones que afectan a nuestras comunidades, los habitantes de Wyoming merecen un proceso transparente y democrático. La decisión del alguacil Kozak de firmar unilateralmente estos acuerdos 287(g) sin la aprobación de la Comisión del condado electa no solo es imprudente, sino que también es ilegal.

La demanda sostiene que el alguacil excedió su autoridad, violando la ley de Wyoming y la Ley de Procedimiento Administrativo de Wyoming, al no obtener la aprobación de los Comisionados del condado de Laramie cuando firmó los acuerdos 287(g) del condado con ICE.

Los alguaciles, según la ley de Wyoming, tienen una autoridad limitada otorgada por el estatuto. Cualquier acuerdo que el alguacil desee celebrar debe ser aprobado por la autoridad
gobernante del municipio. Esto no ocurrió en el condado de Laramie.

La ACLU de Wyoming está pidiendo al juez que anule los acuerdos 287(g) del condado de Laramie.

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¿Qué es el programa 287(g)?

El programa 287(g) es un conjunto de alianzas entre la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE) y agencias estatales y locales que convierte efectivamente a los funcionarios locales en agentes de ICE, autorizando a oficiales seleccionados para identificar, arrestar y procesar a ciertas personas para la aplicación de la ley migratoria y, en última instancia, su deportación.

Aunque las autoridades estatales y federales se superponen en muchas áreas, la Constitución de los Estados Unidos otorga al gobierno federal la responsabilidad exclusiva de hacer cumplir la ley migratoria. Sin embargo, programas como el 287(g) tienen como objetivo designar a las fuerzas del orden locales y estatales con ciertos poderes de aplicación de la ley migratoria. Bajo el 287(g), el gobierno federal — a través de la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) — establece un acuerdo con una agencia estatal o local de aplicación de la ley, generalmente un alguacil del condado que administra una cárcel local.

El acuerdo otorga autoridad específica de aplicación migratoria a oficiales designados dentro de la agencia local. Las fuerzas del orden locales que participan en el programa 287(g) son reasignadas de asuntos locales de seguridad pública para actuar como un multiplicador de fuerza de ICE. Esto podría incluir interrogar a cualquier persona que crean que no es ciudadana sobre su derecho a estar en el país y solicitar sus documentos de ciudadanía. También podría significar que las cárceles locales continúen reteniendo a personas — abuelos, cuidadores y otros residentes de larga data que carecen de estatus legal — más allá del momento en que normalmente serían liberados tras una infracción menor o después de pagar una fianza, hasta que ICE llegue para llevárselos.

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¿Por qué son perjudiciales los acuerdos 287(g)?

El uso indebido del programa 287(g) por parte de la administración Trump ha extendido el alcance de la Oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en la policía cotidiana.

Como resultado, los oficiales locales están siendo utilizados para llevar a cabo la aplicación de la ley migratoria de tipo “muéstreme sus papeles”, a menudo durante paradas de tráfico rutinarias, lo que erosiona las protecciones constitucionales, socava la seguridad pública y desvía recursos locales limitados de sus responsabilidades principales en la aplicación de la ley. Estas acciones reflejan un patrón más amplio de prácticas migratorias abusivas e inconstitucionales por parte de ICE, la Patrulla Fronteriza y sus agencias asociadas que se manifiestan a nivel nacional.

ICE está reclutando a miles de policías estatales y locales para que colaboren en operaciones que ponen en peligro tanto a ciudadanos como a no ciudadanos, agotando los recursos de la policía local y generando temor público de que cualquier interacción con las fuerzas del orden locales pueda derivar en violencia y abuso.

Estos acuerdos perjudican no solo a los no ciudadanos, sino a comunidades enteras al desviar
dinero, tiempo y recursos de las prioridades locales.

  • Los acuerdos 287(g) desperdician el dinero de los contribuyentes al impactar potencialmente los presupuestos de las fuerzas del orden locales, además de distraer a la policía de sus funciones habituales. A menudo, el gobierno federal no reembolsa a las fuerzas locales por su participación.
  • Los acuerdos 287(g) crean una división entre las fuerzas del orden locales y la comunidad a la que sirven. Cuando los no ciudadanos temen la deportación, es menos probable que llamen a la policía para denunciar delitos o proporcionar información.
  • Los acuerdos 287(g) exponen a ciudades y condados a repercusiones legales. Por ejemplo, los condados pueden ser demandados si violan el derecho de alguien al debido proceso. Las personas indocumentadas también tienen derechos constitucionales.
  • Los acuerdos 287(g) conducen a la creación de perfiles raciales.
  • Los acuerdos 287(g) pueden imponer una carga adicional a los programas locales de seguridad social, como el cuidado de crianza.
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